Siguiendo las instrucciones impartidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Transportes, mediante Circular Conjunta No. 0000001 por el cual regula el aforo para los vehículos de servicio público de transporte de pasajeros de radio de acción nacional teniendo en cuenta nivel de ocupación de camas UCI del departamento de destino.
Si la ocupación de camas UCI es mayor al 85% el transporte público de ese departamento deberá operar con un aforo máximo de 70%. El aforo podrá aumentar al 100% si la ocupación en camas UCI del departamento destino es inferior al 85%.
A partir del día siguiente de ser publicada la presente circular, en el puesto del control de entrada y salida ubicado en la Terminal de Transportes de la Plata S.A. se realizará el control al aforo del vehículo, así: